Compramos una casa, vendemos un auto, los chicos se van de viaje, invierto
en un fideicomiso, necesito conformar una sociedad, me estoy por casar...
Y cuantos otros momentos y motivos hacen necesaria la consulta con el
escribano, el notario, el fedatario.
Más allá de como se pueda describir esta profesión es para mi un desafío diario. Brindar un servicio de excelencia, cuidando cada detalle de manera personalizada.
Ya habiendo caminado el notariado llegue a Tigre hace más de 15 años, donde vivo
y trabajo.
Soy escribana integrante de la nomina del Banco de la Nación Argentina, Banco
Hipotecario de la Nación, Banco Comafi, entre otros.
Integrante del cuerpo de legalizante del Colegio de Escribanos, Delegación
San Isidro de la Provincia de Buenos Aires.
Acompaño operativos crediticios, reordenamiento societarios y patrimoniales,
así como los más importantes desarrollos inmobiliarios de la zona.
Inscripciones Legalizaciones Locación Mutuos Planificación Sucesoria Patrimonial y Extrapatrimonial Poderes ver documentación a presentar Protocolizaciones Régimen Patrimonial del Matrimonio Reglamentos de Propiedad Horizontal Revocación de Poderes Sociedades nacionales y extranjeras Testamentos Usufructo
Del Caminante 20.
Edificio Puerta Norte I, oficina 314
Nordelta, Tigre, C.P. 1670
Buenos Aires, Argentina
011 7079-0007 (líneas rotativas) escribania@jimenagutierrez.com.ar Solicitar turno detallando el motivo de la consulta.
Autorizaciones
(Conducir – Registro - Viaje)
Documento Nacional de Identidad de ambos padres y del menor
Partida de nacimiento del menor
Título automotor o cédula verde
Certificaciones de firma y fotocopias
FIRMAS: Personas humanas: Documento Nacional de Identidad. Personas jurídicas: Documento Nacional de Identidad y documentación habilitante
para acreditar la representación de la sociedad:
I) Estatuto / Contrato Social (si el mismo fue otorgado en jurisdicción distinta a la
Provincia de Bs. As., debe estar legalizado por el Colegio correspondiente).
II) Actas de Asambleas: donde se eligieron autoridades.
III) Directorio / Reunión de socios: donde se distribuyeron cargos.
IV) Modificaciones de estatutos / contratos (ej. cambio sede social;
cesión de cuotas; etc.)
FOTOCOPIAS:
Traer el documento original que se quiere certificar y su fotocopia.
Afectación a Régimen de vivienda
Datos personales.
Libreta de matrimonio y partidas de nacimiento que acrediten vínculos.
Título de propiedad del inmueble.
Último comprobante de pago del impuesto inmobiliario.
Fideicomiso
Datos personales.
Características especiales del contrato y su contenido.
Designación del fiduciario y su remuneración.
Designación de fiduciantes / beneficiarios / fideicomisarios.
Plazo de duración del mismo.
HIPOTECAS
Condiciones del Crédito a garantizar.
Título de Propiedad del Deudor.
Monto que se pretende garantizar.
Forma de pago, cantidad de cuotas y su importe, lugar de pago, tipo de moneda y fecha de vencimiento
Poderes
Datos personales del poderdante y apoderado.
Objeto/Facultades del Poder.
En caso de incluir inmuebles, todos los datos del mismo
Compraventa
a) Datos de las partes intervinientes:
Datos Personales.
Copia de DNI.
Constancia de CUIT – CUIL. b) Datos del Inmueble:
Título de propiedad original del inmueble.
En caso de Unidades Funcionales (Propiedad Horizontal), copia del Reglamento
de Copropiedad y Administración, y planos en caso de poseer.
Estado Parcelario (su confección se realiza a través de un agrimensor
matriculado en Provincia de Bs As).
Copia de Impuesto Inmobiliario, municipalidad, expensas y agua. c) Condiciones de la Compraventa:
Precio de venta.
Proporciones de adquisición en caso de haber más de un comprador.
Si fue suscripto un boleto de compraventa, su original con Impuesto de
Sellos pago.
En caso que la parte vendedora no abone el Impuesto a la Transferencia de
Inmuebles por efectuar reemplazo de vivienda, copia del correspondiente
certificado de no retención expedido por AFIP.
Declaración del comprador en caso de adquirir única vivienda, familiar y de
ocupación permanente.
En el caso de que la operación supere el monto previsto en la legislación
tributaria, el vendedor deberá presentar Código de Oferta de Inmuebles (COTI).
En caso de adquisición posterior a enero 2018, corresponde Impuesto a las
Ganancias, que deberá ser abonado con la Declaración Anual.
Si hay restricciones de dominio y/o afectaciones a la propiedad (ej. usufructos,
vivienda, hipotecas, embargos, etc.), notificarnos como está previsto
proceder, o consultarnos sobre las distintas posibilidades negociales y jurídicas.